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Los recursos deberán permanecer en la Cuenta Individual hasta que cumplas 65 años de edad o en los casos de invalidez o incapacidad, de conformidad con la Ley de Seguridad Social. En caso de que decidas disponer de estos recursos antes de llegar a la edad de 65 años, se aplicará una retención del 20% sobre el monto total retirado, por concepto de Impuesto Sobre la Renta.
Son aportaciones adicionales a las obligatorias con las que puedes complementar tu Ahorro para el Retiro. Este tipo de ahorro puede deducirse en la declaración fiscal del ingreso acumulable. Estas aportaciones se invierten en Citibanamex Siefore de Aportaciones Voluntarias PLUS, S.A. de C.V.
Sí, puedes deducir este tipo de ahorro en tu declaración fiscal.
A partir del 01 de febrero de 2024, el monto máximo de deducción anual es de: $198,031.68 M.N.
*Art. 151-V primer párrafo de la ley del ISR.¿Te fue útil esta información?
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